| La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha anulado las Normas Urbanísticas Regionales (NUR) que el Gobierno de Cantabria aprobó el 25 mayo de 2006 porque el Ejecutivo no sometió a información pública la Evaluación de Impacto Ambiental. Con esta sentencia, un total de 29 ayuntamientos que representan un tercio del territorio regional aunque con menos del 5 por ciento del población, quedan privados de una serie de criterios urbanísticos básicos para regular la construcción en sus municipios, pues dichas normas eran de aplicación directa allí donde se carecía de plan general o de normas subsidiarias.
Los 29 ayuntamientos ocupan exactamente el 38,5% del territorio, si bien en tan extenso espacio tan sólo se encuentra el 4 por ciento de la población total de Cantabria. La relación es la siguiente: Anievas, Cabezón de Liébana, Camaleño, Cieza, Cillorigo de Liébana, Herrerías, Lamasón, Liendo, Luena, Miera, Penagos, Peñarrubia, Pesaguero, Pesquera, Polaciones, Rasines, Ruesga, San Pedro del Romeral, Los Tojos, Tresviso, Tudanca, Udías, Valdáliga, Valdeprado del Río, Valderredible, Valle de Villaverde, Vega de Liébana, Vega de Pas y Villafufre.
Según la sentencia, la Sala anula las NUR por no haber sometido a información pública su estudio de impacto ambiental, un requisito que era obligatorio desde unos días antes. De este modo, la sentencia acepta el recurso que presentaron una serie de ayuntamientos (ver recuadro) que alegaban, entre otros motivos, una cuestión de procedimiento como la falta de información pública de aquel trámite ambiental.
Recurrir o subsanar
La primera reacción del Gobierno a esta sentencia ha sido un comunicado para anunciar un probable recurso de casación ante el Tribunal Supremo, lo que supone que dicha sentencia del TSJC no es firme. Tampoco han descartado subsanar la laguna de procedimiento censurada por el TSJC sometiendo a información pública lo requerido.
El abogado Francisco Javier Fernández González, que llevó el recurso de los ayuntamientos, estima que con un recurso ante el Supremo se puede crear «una inseguridad jurídica» en materia urbanística y que puede dar lugar lugar «a una situación de esquizofrenia»: el Gobierno considera aplicables las NUR porque la sentencia no es firme, pero los ayuntamientos pueden plantear que las NUR no se apliquen porque cualquier recurso que se presente en adelante va a ser estimado por el TSJC.
Las NUR recibieron el visto bueno del Gobierno a mediados de 2005 y durante dos meses se sometieron a información pública. El texto se envió a los ayuntamientos para su consulta, pero no se adjuntaba el Informe de Impacto Ambiental. Las referidas Normas Urbanísticas Regionales acabaron siendo aprobadas en mayo de 2006, pero poco después se adaptaba a la legislación española una directiva europea que establecía la obligatoriedad de presentar y acompañar el informe medioambiental. Una norma con efectos retroactivos y que, por tanto, afectaba a las NUR pese a estar aprobadas con anterioridad.
Según se señala en la sentencia, el TSJC considera que de acuerdo con la nueva normativa básica, «la consulta al público en general del informe ambiental pasaba a ser necesaria y preceptiva». Sin embargo, la Sala lamenta tener que «adoptar tan drástica solución (anular las Normas) frente a una Administración que ha dado muestras sobradas de receptividad a la normativa comunitaria ambiental». Tanto que el propio TSJC califica de «paradójica» la situación de que un Gobierno como el cántabro, «que viene dando muestras sobradas de sensibilidad en materia medioambiental», vea anulado un Decreto «que incrementa la protección en este ámbito».
Frente a la postura del recurso de casación que anuncia el Gobierno, el letrado Fernández González entiende que el Ejecutivo y los ayuntamientos afectados «deben sentarse a dialogar» con posturas flexibles «para consensuar unas medias razonables».
En su opinión, el camino del recurso que anuncia va a tomar el Gobierno «puede dar lugar a una inseguridad jurídica» porque si bien las NUR son aplicables al no haber sentencia firme, la Sala estimará cualquier recurso que se presente contra las NUR. Y esa inseguridad jurídica puede alargarse entre tres y cinco años, el tiempo estimado en conocer el fallo del Tribunal Supremo.
«El Gobierno no se puede poner una venda en los ojos», estima el abogado Fernández González, «por mucho que se recurra al Supremo». Considera que ambas partes, Ejecutivo y ayuntamientos «deben aplicar el sentido común y buscar soluciones, y sobre todo, deben buscar una seguridad jurídica» | | |
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